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Hay varias maneras de colaborar:
1. Donaciones de carácter extraordinario:
La Fundación ÉTNOR, a través de su Patronato, puede recibir donaciones y legados de personas o instituciones que quieran sumarse a su objetivo institucional. En el acto de aceptación se podrá reconocer el destino de esa donación (incrementar la dotación fundacional o contribución a un programa concreto) y el reconocimiento y publicidad que se ha de hacer de ella.
2. Donaciones y cuotas anuales:
Se puede también participar en el proyecto ÉTNOR mediante la suscripción de un convenio o el compromiso de una cuota anual, para contribuir con ella a los gastos generales de funcionamiento de la Fundación o a un proyecto concreto. En principio el carácter de estos convenios o cuotas puede asimilarse a una de estas categorías:
· PATROCINADOR ESPECIAL: Entidades que tienen establecido un convenio por el que aportan una cantidad al año.
· ENTIDAD PATROCINADORA: Entidades o personas que suscriben una cuota mínima de 1.750 euros anuales.
· ENTIDAD COLABORADORA: Empresas y entidades que aportan una cuota mínima de
700 euros al año.
· COLABORADOR INDIVIDUAL: Personas que aportan una cuota mínima de 140 euros al año.
Todas las cuotas y donaciones a favor de la Fundación recibirán el correspondiente certificado para acreditar el derecho a gozar de los beneficios fiscales que concede la Ley 49/2002,de 23 de diciembre, de Régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
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